Sunarp emite de inmediato los certificados literales de partida registral solicitados en sus oficinas
Nueva mejora contempla un esquema descentralizado y de interconexión nacional otorgando seguridad jurídica reforzada con códigos de verificación
Desde este 30 de julio, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), a través de sus oficinas registrales ubicadas en todo el país, emite certificados literales de partida registral de manera inmediata y con firma digital institucional, empleando la tecnología de agente automatizado en beneficio de la ciudadanía.
El superintendente nacional de los Registros Públicos, Manuel Montes Boza, informó esto durante la inauguración del XXIV Congreso Anual de Derecho Registral (Cader Sunarp 2026), que se realizó en Tacna hasta el 18 de julio.
La mejora combina las ventajas de los canales tradicionales y digitales, cerrando la brecha de atención presencial, pues la entidad emitirá de manera inmediata los certificados literales de partida registral solicitados en nuestras oficinas, los cuales serán expedidos con un código de verificación digital (CVD) y un código QR, permitiendo a terceros receptores comprobar de manera instantánea la autenticidad e integridad del certificado literal desde el portal institucional.
“En la búsqueda de la mejora continua de los servicios registrales, me enorgullece anunciar que hoy se ha publicado en el diario oficial El Peruano, la Resolución N° 00115-2026-SUNARP/SN, que establece las disposiciones para la emisión del Certificado Literal de Partida Registral solicitado presencialmente a través del Sistema de Caja Única Nacional (SCUNAC). A partir de este 30 de julio, gracias a este nuevo servicio nuestros ciudadanos obtendrán sus certificados en tiempo real, con total seguridad jurídica mediante códigos CVD y QR”, manifestó Montes.
Para garantizar la estabilidad del sistema, quedan excluidos las partidas registrales que superen las trescientas (300) páginas y las Partidas del Registro de Testamentos que no cuenten con asiento de ampliación extendido, así como las partidas registrales que contengan asientos pendientes de firma y Certificados Literales destinados para trámites en el extranjero (por requerir formalidades especiales).
Este avance que establece las disposiciones para la emisión del Certificado Literal de Partida Registral mediante firma digital institucional con agente automatizado fue aprobado con la Resolución N. 0115-2026-SUNARP/SN, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
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